Opinión sobre lo que podi¡omos y no podemos hacer como profesores/as

Opinión sobre lo que podi¡omos y no podemos hacer como profesores/as

de Karen Bereciartua Oarbeascoa -
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  • ¿Podemos utilizar imágenes, vídeos, música, etc. sin contar con los derechos de utilización? No. Debemos tener en cuenta el tipo de registro realizado.
  • ¿Podría alguien utlizar nuestros vídeos educativos y utilizarlos o transformarlos sin nuestro permiso? Dependerá del Creative Common registrado, pero siempre hay que reconocer la autoría de la obra original.
  • ¿Todas las imágenes, vídeos, música y textos tienen los mismos derechos de copia, transformación, atribución y comercialaización? No.
  • ¿Sabes lo que es Creative Commons? ¿En qué se diferencia del CopyRight? 

Son una iniciativa americana que surgieron en el 2001, para proteger los derechos de autor al mismo tiempo que permite a otros hacer determinados usos de sus obras en función de la licencia escogida.

La diferencia entre ambos es que el CopyRight es más restrictivo ya que cierra toda posibilidad de compartir y divulgar cualquier contenido sin autorización expresa del titular de los derechos. En el caso de los Creative Commons, existen varias modalidades lo que hace que sean más flexibles.